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Ley 11/2020 | Regulación del precio del alquiler

Actualizado: 17 ene 2022

Por Carolina - 4 min de lectura


El pasado 22 de Septiembre empezó a estar vigente una ley, la cual ha pasado desapercibida para muchas personas, menos para los propietarios e inmobiliarias, que están al tanto. Esta ley trata de la regulación del precio del alquiler. Te vamos a explicar en qué consiste, cuando se aplica (o no se aplica) y los municipios que deben seguir esta legislación.


*Nuestras explicaciones en el blog no tienen validez legal, es meramente informativo. En caso de tener dudas legales te recomendamos adquirir el servicio de asesoramiento inmobiliario o asesoramiento legal en nuestra tienda.


¿En qué consiste?


Como su nombre indica es una ley que regula el precio del alquiler, eso quiere decir que el precio no puede ser muy bajo pero tampoco demasiado alto. Esta ley sólo se aplica en algunos municipios de Cataluña, es decir, no afecta al resto de España ni a toda Cataluña. Los contratos que han sido firmados antes del 22 de Septiembre del 2020 no les afecta esta ley, afecta a los contratos que se hayan firmado después.

Sólo afecta a las viviendas habituales, es decir, si se firma un contrato de alquiler pero pone que es vivienda turística esta ley no afecta. También existe la obligación por parte de la inmobiliaria/propietario de incluir en el contrato cuál es el valor según el índice de referencia de los precios (IRP), también se deben incluir las fechas del contrato del anterior inquilino e incluir el precio anterior.

Cuidado con el IRP ya que se mide por m2 útiles y no por m2 construidos.

Hay otros factores que influyen en el precio de la vivienda como puede ser como por ejemplo si los suministros están incluidos en el alquiler se deben guardar las facturas y si al al hacer cuentas en Enero el inquilino ha pagado de más, el propietario debe devolverle la diferencia. Además el incremento o minoración del valor determinado por el IRP depende de algunos factores como ascensor, amueblado, reformado, etc., pero con un MÁXIMO del 5%. No pueden bajarlo más del 5% ni subirlo más del 5% del valor del IRP. Por el incumplimiento de esta ley se acarrean sanciones desde los 3.000€ hasta los 90.000€





¿Cuando NO se aplica?


  • Como hemos comentado antes, solo se aplica en viviendas habituales.

  • En los pisos de 150m2 o más no están sujetos a esta regulación.

  • Sólo afecta a los contratos firmados desde el 22 de Septiembre del 2020

  • Sólo se aplica en 60 municipios de Cataluña.


Listado municipios

  • Badalona

  • Barberà del Vallès

  • Barcelona

  • Blanes

  • Calafell

  • Castellar del Vallès

  • Cerdanyola del Vallès

  • Cornellà de Llobregat

  • Esplugues de Llobregat

  • Figueres

  • Gavà

  • Girona

  • Granollers

  • Hospitalet de Llobregat

  • Igualada

  • Manlleu

  • Manresa

  • Martorell

  • Masnou

  • Mataró

  • Molins de Rei

  • Montcada i Reixac

  • Mongat

  • Olesa de Montserrat

  • Olot

  • Palafrugell

  • Pallejà

  • Pineda

  • Prat de Llobregat

  • Premià de Mar

  • Reus

  • Ripollet

  • Rubí

  • Sabadell

  • Salou

  • Salt

  • Sant Adrià del Besós

  • Sant Andreu de la Barca

  • Sant Boi de Llobregat

  • Sant Cugat del Vallès

  • Sant Feliu de Guíxols

  • Sant Feliu de Llobregat

  • Sant Joan Despí

  • Sant Just Desvern

  • Sant Pere de Ribes

  • Sant Vicens dels Horts

  • Santa Coloma de Gramenet

  • Santa Perpètua de la Mogoda

  • Sitges

  • Tarragona

  • Terrassa

  • Tortosa

  • Vendrell

  • Vic

  • Viladecans

  • Vilafranca del Penedès

  • Vilanova i la Geltrú

  • Vilassar de Mar



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