- inmoselfdesign
Okupas: un breve resumen
Por Carolina - 6 min de lectura
Okupa, una palabra que cada vez aparece más habitualmente en las noticias y nos empieza a preocupar cada vez más. Pero, ¿de dónde viene? ¿Por qué cuesta tanto sacar a los okupas? Como propietarios, ¿cómo podemos protegernos?
*Nuestras explicaciones en el blog no tienen validez legal, es meramente informativo. En caso de tener dudas legales te recomendamos consultar con un abogado o adquirir el servicio de asesoramiento legal inmobiliario online en nuestra tienda.
Okupa, el origen
La ocupación de viviendas abandonadas ha existido siempre, y en España conoció un gran auge durante los años 1960 y 70 pero la okupación aparece a mediados de los 80. La okupación con K, se caracteriza por tener un carácter reivindicativo e intentar defender el derecho a la vivienda.

También suele defender el aprovechamiento de solares, inmuebles y espacios abandonados y su uso público como centros sociales o culturales. Este movimiento no le quiere robar la casa a alguien, la idea no es esa, la idea es habitar lugares en los que no vive nadie. Este límite moral dificulta los trámites legales.
En conclusión hay dos tipos de ocupación, la que por definición es ocupar un lugar (allanamiento) y la okupación que tiene un trasfondo político y reivindicativo.
Aspectos legales de la Okupación en España
Recordemos que la constitución española reconoce el derecho a propiedad privada (artículo 33) pero que también reconoce el derecho a una vivienda digna (artículo 47). El “ataque” a la propiedad privada que supone la okupación de un inmueble abandonado, viene sancionado por el código penal en su artículo 245.2:
“El que ocupare, sin autorización debida, un inmueble, vivienda o edificio ajenos que no constituyan morada, o se mantuviere en ellos contra la voluntad de su titular, será castigado con la pena de multa de tres a seis meses”
También se tienen en cuenta otras cosas, como por ejemplo si se ha usado violencia o intimidación, la autorización del propietario, que conste la voluntad contraria a tolerar la ocupación, etc…
La experiencia nos dice, lamentablemente, que son tarde o temprano desalojados por la policía oscilando entre 6 meses y 3 años de su “vida” activa en un mismo espacio.
¿Qué puedo hacer como propietario?
Nosotros recomendamos intentar evitar la situación, pero de qué forma? Por ejemplo instalando una puerta antiokupa o poniendo una alarma en casa. Puedes solicitar el presupuesto de alarma en casa adaptado a ti de forma totalmente gratuita y sin compromiso.
Pero si su propiedad ya está ocupada, puede solicitar el servicio de asesoramiento legal inmobiliario online.
__________________
Fuentes
https://es.wikipedia.org/wiki/Movimiento_okupa
https://red-juridica.com/la-okupacion-derecho-y-consecuencias/
https://murciaplaza.com/cuando-okupa-se-escribe-con-k